sábado, 3 de noviembre de 2007

Organización de la Administración Pública en México

La administración pública es la principal actividad que corresponde desarrollar al poder ejecutivo para la prestación de los servicios públicos.

En nuestro país, en el ámbito federal existe, de conformidad en la previsto por al Art. 80 de la Constitución, un supremo Poder Ejecutivo de la Unión, mismo que se deposita en un solo individuo al que se le denomina como Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

El Presidente de la República para auxiliarse en el desarrollo de la actividad administrativa del Estado, cuenta con una serie de entidades administrativas que le presten auxilio y que, por razón de jerarquía, dependen de él, bien sea de manera directa o indirecta.

El Art. 90 de la Constitución dispone que la Administración Pública Federal será Centralizada y Paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expide el Congreso, en dicha ley, se distribuyen los negocios del orden administrativo de la Federación que están a cargo de las Secretarías de Estado y Departamentos Administrativos y defina las bases generales de la creación de las entidades Paraestatales y la intervención del Ejecutivo Federal en su operación.

Así pues, es la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la que consagra las bases para la organización de la Administración Pública Federal Centralizada y Paraestatal.

La doctrina reconoce que las dependencias que auxilian al Poder Ejecutivo para el desempeño de la actividad administrativa y la prestación del servicio público se organizan de cuatro formas diversas:

1.- La centralización
2.- La desconcentración
3.- La descentralización
4.- Las empresas de participación estatal.

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